Estimado/a empresario/a:
Como continuación de la circular informativa remitida el pasado mes de agosto, mediante la que se adelantaba la puesta en marcha de distintas líneas de apoyo para paliar los efectos del incendio forestal de la Sierra Oeste, queremos trasladarle información actualizada sobre aquellas ayudas de emergencia que ya han sido publicadas por la Comunidad de Madrid.
En particular, las ayudas dirigidas a personas trabajadoras autónomas podrán solicitarse a partir del día de mañana, encontrándose ya habilitado el acceso a través de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, la Comunidad de Madrid está ultimando la habilitación telemática de las ayudas destinadas a pequeñas y medianas empresas (PYMES). En cuanto el trámite quede disponible, previsiblemente a lo largo de esta semana, el Ayuntamiento publicará en la página web municipal y en sus canales habituales de información el correspondiente enlace de acceso a la Sede Electrónica para facilitar su presentación.
Estas ayudas tienen carácter extraordinario y pretenden contribuir a la recuperación de la actividad económica de autónomos y empresas afectadas por las consecuencias directas e indirectas derivadas de la situación de emergencia generada por el incendio forestal.
Se han publicado por parte de la Comunidad de Madrid las dos líneas de ayudas de emergencias siguientes:
1) AYUDAS AUTÓNOMOS SE PUEDEN SOLICITAR A PARTIR DEL 09 DE SEPTIEMBRE DE 2026
3) AYUDAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS , PENDIENTE DE ABRIR PLAZO DE SOLICITUD DE AYUDAS .
4) RESUMEN AYUDAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
1) AYUDAS AUTÓNOMOS SE PUEDEN SOLICITAR A PARTIR DEL 09 DE SEPTIEMBRE DE 2026
ACUERDO de 2 de septiembre de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas de emergencia a trabajadores autónomos afectados por los incendios forestales de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid.
| Línea AUTÓNOMOS | Cuantía | Observaciones |
| Autónomos: daños y lucro cesante | 5.000 € | Declaración responsable; comprobación posterior (archivo de facturas y justificantes de pago para una posible posterior comprobación material, no necesaria en solicitud) |
| Autónomos: seis cuotas | 1.798 € | Mutualistas: aprox. 1.389 € |
| Acceso bocm: | https://www.bocm.es/boletin/ | |
| ENLACE SEDE ELECTRONICA DE SOLICITUD (se habilita en miércoles 09/09/2026) | Ayudas autónomos incendios Sierra Oeste | Comunidad de Madrid https://sede.comunidad.madrid/ | |
Plazo: dos meses desde el 09 de septiembre de 2026.
2) RESUMEN AYUDAS AUTÓNOMOS
3) AYUDAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS , PENDIENTE DE ABRIR PLAZO DE SOLICITUD DE AYUDAS
ACUERDO de 2 de septiembre de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas de emergencia para pequeñas y medianas empresas afectadas por los incendios forestales de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid.
https://www.bocm.es/boletin/
| Línea PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS | Cuantía | Observaciones |
| Pymes y micropymes | 10.000 € | Pago único, procedimiento simplificado (archivo de facturas y justificantes de pago para una posible posterior comprobación material, no necesaria en solicitud) Destinada a facilitar la continuidad y recuperación de la actividad económica afectada por el incendio. |
| Pymes sin actividad por daños graves | hasta 15.000 € | Justificación posterior – (archivo de facturas y justificantes de pago para una posible posterior comprobación material, no necesaria en solicitud) |
| Acceso bocm: | https://www.bocm.es/boletin/ | |
| ENLACE SEDE ELECTRONICA DE SOLICITUD | https://sede.comunidad.madrid/ | |
Plazo: publicado hoy el crédito presupuestario se abre el plazo de solicitud de dos meses a partir de mañana día 10/09/26.
